LOCALIDADES CON FIESTAS LOCALES DENTRO DEL PERIODO LECTIVO
Tendrán la consideración de días no lectivos los coincidentes con las fiestas locales de los municipios de esta provincia establecidas por la Consejería competente en materia laboral hasta un máximo de dos días.
En el supuesto de que alguno de los días fijados como fiestas de ámbito local de los municipios de esta provincia no coincidan con días lectivos, y con el objeto de cumplir con la totalidad de días lectivos fijados para cada tipo de enseñanza, tendrán la consideración de días no lectivos los que se indican según las siguientes especificaciones:
Estas especificaciones garantizarán que en todos los centros docentes de la provincia el mínimo de días lectivos sea de 178 en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial, y de 175 en el resto de las enseñanzas.
RESOLUCIÓN DE 28 DE MAYO DE 2024 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR
PARA EL CURSO ESCOLAR 2024/2025 EN TODOS LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS A EXCEPCIÓN DE LOS UNIVERSITARIOS.