Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. (B.O.E. de 15 de marzo de 2024).

El Boletín Oficial del Estado del miércoles 28 de febrero de 2024 ha publicado el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025.

Con fecha 15 de marzo de 2024 se ha publicado en el B.O.E. nº  el extracto de de marzo dela Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-B-2024-9036

Podrá consultar la información en https://www.becaseducacion.gob.es/portada.html

Tipos de becas

Para qué estudios puedes solicitar una beca para el curso 2024 /2025

  • Bachillerato.
  • Cursos de acceso y de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para acceso a ciclos formativos de grado medio y superior, impartidos en centros públicos y privados concertados.
  • Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
  • Enseñanzas artísticas: profesionales y superiores.
  • Enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad a distancia.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Estudios religiosos superiores.
  • Formación Profesional de Grado Básico.
  • Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.

Cuánto dinero puedes recibir para tu beca

La beca es la suma de distintos componentes. Para calcular cuánto te corresponde, debes tener en cuenta que la beca consta de una cantidad de dinero fija (cuantías fijas) y de una cantidad de dinero variable (cuantía variable).

Cantidad fija: Se llama cantidad fija porque, a diferencia de la cantidad variable, es un importe fijo establecido cada año en la convocatoria. Si cumples todos los requisitos (generales, económicos y académicos), puedes conseguir las cantidades que te explicamos en la tabla. Importante: si recibes la beca ligada a la renta, no tienes derecho a beca básica.

Componentes Cuantía en euros
Básica

300 € (En FP G. Básico, 350)

Por renta familiar

1.700 €

Por cambio de residencia durante el curso escolar

2.500 €

Por excelencia académica

50 € – 125 €

Cantidad variable

Una vez se ha asignado las becas de cuantía fija a todas las personas que la han solicitado y que cumplen los requisitos, se reparte el importe que ha sobrado del presupuesto total. Esto lo hacemos mediante una fórmula matemática de reparto que pondera, es decir, que mide, la nota media de tu expediente y tu renta per cápita familiar.

En cualquier caso, la cuantía variable será de 60 € (la mínima) si solicitas beca para alguno de estos estudios:

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo a las 15:00 horas, tanto para estudios no universitarios como para universitarios (las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en los plazos indicados aunque dichos plazos no coincidan con el plazo de matrícula correspondiente). FUERA DE ESTE PLAZO NO SE ADMITIRÁN SOLICITUDES DE BECA.

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección (pendiente de publicación).

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Si todo está correcto, podrás descargar el justificante como garantía de la presentación de la Beca. En la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional aparecerá el mensaje “presentada” y entregar una copia en la secretaría de la residencia.

Recuerda rellenar la solicitud indicando que no se residirá en el domicilio habitual durante el curso y que los datos de la residencia son:

Residencia La Rosaleda (29700448).

Avenida Luis Buñuel, 10. 29011. Málaga.

S4111001F.

Es obligatorio estar registrado en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación.

Es obligatorio tener dada de alta la cuenta corriente de las personas solicitantes de las Becas y Ayudas. a partir del curso 2023/2024 NO se hará la verificación de la cuenta corriente a través de la Secretaría Virtual. Cuando rellene su solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio, autorizará a la Administración competente a realizar los trámites necesarios para poder proceder al pago de la beca, por lo que esta Consejería tramitará el alta en Tesorería de la cuenta corriente consignada en tu solicitud.

Si tienes alguna duda puedes consultar con la secretaria de la residencia a partir del 19 de marzo de 9:30 a 13:30.

PODRÁ CONSULTAR EL ESTADO DE SU BECA EN https://www.juntadeandalucia.es/educacion/becasweb/consultawebbecas/

Si tienes dudas, consulta la sección de Preguntas frecuentes (https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/faqs.html) o consultar los vídeos en https://www.becaseducacion.gob.es/dudas/videos.html

Seguiremos informando y actualizando la página web.