Los umbrales de renta, cuantías y los plazos para las solicitudes de becas MEC para el próximo curso 2022/2023 han cambiado.
Las enseñanzas no universitarias a las que están dirigidas las becas MEC son las siguientes:
- Bachillerato
- Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior, incluidos los estudios de Formación Profesional realizados en los centros docentes militares
- Enseñanzas Artísticas Profesionales
- Enseñanzas Deportivas
- Enseñanzas Artísticas superiores
- Estudios Religiosos superiores
- Enseñanzas de idiomas realizadas en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia
- Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional
- Ciclos formativos de Grado Básico
Las cuantías de las becas y ayudas al estudio de carácter general para estas enseñanzas en el curso 2022-2023, son:
- Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.700 euros.
- Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.600 euros. No obstante, en ningún caso dicha cuantía podrá superar al coste real de la prestación.
- Beca básica: 300 euros. En el caso de cursar ciclos formativos de Grado Básico esta cuantía será de 350 euros.
- Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: entre 50 y 125 euros con la siguiente distribución:
- Nota media entre 8,00 y 8,49 puntos: 50 euros
- Nota media entre 8,50 y 8,99 puntos: 75 euros
- Nota media entre 9,00 y 9,49 puntos: 100 euros
- Nota media de 9,50 puntos o más: 125 euros
- Cuantía variable: su importe mínimo será de 60 euros.
En función de la modalidad y tipo de matrícula de los estudiantes, las becas tendrán características distintas.
Modalidad presencial y matrícula completa
Quienes cursen en modalidad presencial y matrícula completa estudios de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Superior, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas Deportivas, Enseñanzas Artísticas superiores o Estudios Religiosos superiores podrán percibir, según su umbral de renta, las cuantías fijas, incluida la beca básica, y la cuantía variable.
Para la adjudicación de la cuantía ligada a la residencia se requerirá que la persona solicitante curse estudios presenciales con un número mínimo de horas lectivas y que acredite la necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso, por razón de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos.
Los umbrales de renta aplicables para la concesión de las cuantías de estas becas serán:
- Umbral 1: quienes no superen el umbral 1 de renta familiar podrán obtener todas las cuantías excepto la Beca básica
- Umbral 2: quienes superen el umbral 1 y no superen el umbral 2 de renta familiar podrán obtener todas las cuantías excepto la fija ligada a la renta
- Umbral 3: quienes superen el umbral 2 y no superen el umbral 3 de renta familiar podrán obtener la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico y la beca básica.
Modalidad distinta de presencial y matrícula completa
Quienes cursen en modalidad distinta de la presencial y matrícula completa estudios de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Superior, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas Deportivas, Enseñanzas Artísticas superiores o Estudios Religiosos superiores podrán percibir, según su umbral de renta, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico, la beca básica y la cuantía variable mínima.
Los umbrales de renta aplicables en este caso para la concesión de las becas serán los siguientes:
- Umbral 2: quienes no superen el umbral 2 de renta familiar podrán obtener la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico, la beca básica y la cuantía variable mínima.
- Umbral 3: quienes superen el umbral 2 y no superen el umbral 3 de renta familiar podrán obtener la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico y la beca básica.
Matrículas parciales y otras enseñanzas
Quienes cursen enseñanzas de idiomas en escuelas oficiales, cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior o ciclos formativos de Grado Básico, así como quienes realicen el proyecto de fin de estudios u opten por matrícula parcial, podrán percibir, según su umbral de renta, la beca básica y la cuantía variable mínima.
Los umbrales de renta aplicables para la concesión de las becas serán los siguientes:
- Umbral 2: quienes no superen el umbral 2 de renta familiar podrán obtener la beca básica y la cuantía variable mínima.
- Umbral 3: quienes superen el umbral 2 y no superen el umbral 3 de renta familiar podrán obtener únicamente la beca básica.
Obligación de dedicar la beca a la finalidad establecida
Hay que tener en cuenta que los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar dicha beca a la finalidad para la que se concede.
En caso contrario, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida.
A continuación adjuntamos enlaces informativos.
Seguiremos informando.