El ACUERDO de 27 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las Residencias Escolares de Andalucía (BOJA 05-04-2018), especifica que el precio mensual será igual al importe de las becas de residencia escolar para las diferentes enseñanzas que se recoja en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio, dividido entre diez.
Para el presente curso escolar el precio es de 1600 euros por curso y para facilitar su pago se podrá abonar en 10 plazos de 160 euros.
Para leer el acuerdo completo ir al anexo II, https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/65/16
Para obtener el componente de la beca de residencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional hay que cumplir los siguientes requisitos:
1.- Debe tratarse de estudios presenciales y a matrícula completa.
Estudios no presenciales, a distancia y de matrícula parcial están excluidos.
2.- Debes estar matriculado en alguno de los siguientes estudios
Si se trata de estudios no universitarios:
- Primer y segundo curso de Bachillerato.
- Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior.
- Enseñanzas Artísticas Profesionales.
- Enseñanzas Deportivas.
- Enseñanzas Artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios militares superiores.
En el caso de estudios universitarios:
- Enseñanzas universitarias conducentes a títulos de Grado y de Máster.
3.- Debes acreditar la residencia fuera del domicilio familiar.
Para ello debes tener un contrato de arrendamiento o estar alojado en una residencia de estudiantes.
En el momento de cumplimentar la beca general nos preguntará si vamos a residir fuera del domicilio familiar y si conocemos ya los datos del domicilio de residencia (Hoja 1 – Apartado D):
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- En nuestro caso hay que poner Residencia E. La Rosaleda, Avenida Luis Buñuel num. 10, S4111001F. 1600 euros, fecha todo el curso.
- Si no tienes la plaza confirmada, puedes marcar la casilla correspondiente para no tener que introducirlos, pero al obtener el justificante verás que te indica que debes presentar el contrato o justificante en cuanto la tengas en la unidad de becas de tu provincia. Ponte en contacto con ellos para que te indiquen el plazo máximo para hacerlo.
4.- El cambio de residencia debe ser necesario para poder realizar los estudios.
Sólo se concederá la ayuda cuando por razón de la distancia entre el domicilio familiar y el centro docente, o por los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos, se entienda como necesario el residir fuera del domicilio familiar.
Si el centro de estudios está a pocos kilómetros del domicilio familiar o si por los medios de comunicación es fácilmente accesible, se complica la concesión de la ayuda. En principio no debes justificar estos motivos, pero si no te la conceden, en las alegacionesque te ayudaremos a preparar puedes justificar dicha necesidad presentando copia de la distancia en kilómetros (del Google Maps por ejemplo), copia de la ruta de autobuses/trenes y de los horarios lectivos para comprobar que no coincide la llegada del autobús/tren con el comienzo de las clases, etc.
La convocatoria no fija ningún límite en kilómetros (nada de 50 kilómetros o similares), sino que lo deja en manos de lo que estime la unidad de becas o, tras presentar recurso de reposición, el propio Ministerio.
Además, hay que tener en cuenta que la convocatoria señala que si algún miembro de la unidad familiar tiene un domicilio más cercano, aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante, tampoco se concederá la residencia.
5.- No debe existir centro docente adecuado en la localidad de residencia del solicitante en el que existan plazas vacantes.
Este requisito no se aplica a los estudiantes universitarios, ni tampoco a los alumnos que cursen enseñanzas artísticas superiores o a los que estén en régimen de internado en seminarios. Estos estudiantes pueden tener la ayuda de residencia aunque sus estudios se impartan en otro centro más cercano a su domicilio familiar.
Sin embargo, para el resto de estudiantes «no universitarios» (bachillerato, ciclos formativos, etc.) se tendrá en cuenta la existencia o no de centro docente adecuado en la localidad donde el becario resida y, en su caso, la disponibilidad de plazas, y si se imparten los estudios que se desean.
6.- 1600 euros como máximo
En ningún caso el importe de esta cuantía será superior al coste real del servicio y, como máximo, será de 1600 euros para el curso 2020/2021.
7.- Por debajo del umbral 2
Para poder recibir la cuantía ligada a la residencia, la renta familiar debe ser inferior al umbral 2.
8.- Los independientes no tiene ayuda por residencia.
Recordad que los estudiantes independientes y las unidades familiares independientes no tienen derecho a esta ayuda ya que se entiende que su domicilio durante el curso académico coincide con su domicilio familiar.
9.- Es necesario ser becario para tenerla.
Esta ayuda de residencia es un componente más dentro de la beca general del Ministerio de Educación (beca MEC), como lo es la beca de matrícula, la cuantía variable, etc. Eso significa que se solicita en el mismo formulario de la beca general, y es necesario ser beneficiario de la beca general «completa» para poder optar a ella.