La Consejería de Educación y Deporte informa de que con el objetivo de facilitar la tramitación del procedimiento de alta de cuentas corrientes a las personas solicitantes de las Becas y Ayudas que gestiona la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, se ha puesto a disposición de las personas solicitantes un nuevo mecanismo a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte.
Para el curso 2023-2024 EL ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud.
Verificación de la cuenta corriente: a partir del curso 2023/2024 NO se hará la verificación de la cuenta corriente a través de la Secretaría Virtual. Cuando rellenes tu solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio, autorizarás a la Administración competente a realizar los trámites necesarios para poder proceder al pago de la beca, por lo que esta Consejería tramitará el alta en Tesorería de la cuenta corriente consignada en tu solicitud.
Modificación de la cuenta corriente: No es aconsejable modificar la cuenta corriente, no obstante si deseas cambiarla tendrás dos períodos para poder hacerlo:
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- En la Sede del MEFP, cuando se vuelva a abrir el procedimiento para confirmar/modificar estudios (sept-oct).
- En la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, una vez se cierre el plazo para confirmar/modificar en la Sede del MEFP y se habilite la posibilidad de modificación en dicha Secretaría Virtual para el curso 2023/2024.
Alta de cuentas corrientes para personas solicitantes de becas, cursos 21/22 y 22/23
Se trata de un sistema alternativo que permitirá trasladar a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea la solicitud de alta de cuentas corrientes sin necesidad de realizar ningún otro trámite. Este trámite estará permanentemente disponible para las personas interesadas, pues no acaba con la finalización del plazo de solicitudes de las convocatorias de las Becas y Ayudas.
Este trámite estará permanentemente disponible para las personas interesadas, exclusivamente para los cursos 21/22 y 22/23, pues no acaba con la finalización del plazo de solicitudes de las convocatorias de las Becas y Ayudas.
No es necesario realizar el trámite si se hizo el curso anterior y no se ha cambiado la cuenta bancaria, aunque es aconsejable comprobar que está todo correcto.
Se accede a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, cuyo enlace es:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/624/
Dicho trámite podrá hacerse con:
- Autenticación de Becas. Sólo necesita DNI del solicitante (si es mayor de edad) o del representante (legal si es menor de edad) y el número de Solicitud de la Beca (ej.22AE2/000000)
- Certificado Digital
- Autenticación de Clave
Hasta no completarse el alta de la cuenta corriente en el Fichero Central de Personas Acreedoras, no se tramitará el pago de la Beca o Ayuda correspondiente.
Este trámite estará permanentemente disponible para las personas interesadas, pues no acaba con la finalización del plazo de solicitudes de las convocatorias de las Becas y Ayudas.
Las becas que son objeto de este trámite son:
- Beca General.
- Ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Para la Beca 6000, la Beca Andalucía Segunda Oportunidad y la Beca Adriano esta verificación y autorización se hará en la misma solicitud de la beca.
En caso de no realizar este trámite a través de esta Secretaría Virtual, es imprescindible que se realice por otro medio. Hasta no completarse el alta de la cuenta corriente en el Fichero Central de Personas Acreedoras, no se tramitará el pago de la Beca o Ayuda correspondiente.
Para más información, puede consultarse el siguiente enlace donde se resuelven las PREGUNTAS MÁS FRECUENTES:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas/alta-cuentas-corrientes